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RENUNCIA = PÉRDIDA DE ANTIGÜEDAD Y SUS BENEFICIOS. DESCUENTO DE PREAVISO

  • Foto del escritor: Centurión & Espínola Abogados y Asesores Laborales
    Centurión & Espínola Abogados y Asesores Laborales
  • 1 feb 2017
  • 2 Min. de lectura


Debido a la gran cantidad de consultas de seguidores de nuestra página, con relación a las consecuencias de una Renuncia, a continuación volvemos a referirnos a este tema tan importante dentro de las relaciones laborales.


Renunciar a un puesto laboral dentro de la empresa, significa la pérdida de los beneficios que corresponden por antigüedad, como la Indemnización y el Preaviso, y también a la parte proporcional de las vacaciones.


Los únicos conceptos que como consecuencia de una Renuncia corresponden al trabajador son los días trabajados y el aguinaldo proporcional, también las Vacaciones Causadas, es decir, si el trabajador cumplió el periodo de un año laboral y aún no gozó o salió de vacaciones, le corresponde cobrar en una liquidación final de haberes por renuncia.


Es importante aclarar que las vacaciones proporcionales en caso de renuncia, también se pierden, Ejemplo: Pedro Martínez tiene 11 meses y 20 días de antigüedad, pero presenta renuncia, automáticamente pierde el beneficio de las vacaciones proporcionales de 11 meses de antigüedad.


Otro punto muy importante que se debe tener en cuenta antes de presentar una renuncia, es el PREAVISO que se debe otorgar al empleador, conforme a la antigüedad que se tenga dentro de la empresa, en el caso de RENUNCIAR SIN PREVIO AVISO, EL EMPLEADOR PROCEDERÁ AL DESCUENTO DE LA MITAD DEL TIEMPO QUE CORRESPONDA POR PREAVISO.


Es así que varios trabajadores, sin asesorarse, y por sentirse incómodos dentro de una compañía, deciden renunciar, sin tener en consideración los puntos arriba citados, y como consecuencia de esto, terminan la relación laboral cobrando prácticamente nada.


ASESÓRESE ANTES DE PRESENTAR RENUNCIA, Y NUNCA FIRME DOCUMENTOS SIN ANTES ESTAR TOTALMENTE INFORMADO DE LAS CONSECUENCIAS DE ESA FIRMA.


Si el motivo de su interés en renunciar es el Incumplimiento de las obligaciones de la patronal, existe una salida alternativa, EL RETIRO JUSTIFICADO, que es equivalente a un Despido sin justa causa y como tal, corresponden los pagos de indemnizaciones y preaviso.


Por favor asesórese antes de caer en el engaño de que “TIENES QUE FIRMAR TU RENUNCIA PARA SALIR BIEN”, método frecuentemente utilizado para el no pago de las liquidaciones por despido.


Recibimos muchos casos en que a causa de promesas del empleador, el trabajador acepta firmar un documento de renuncia a cambio de un determinado importe, sin embargo, firma el documento y el pago nunca llega o no es lo prometido, es por eso que la regla es primero el pago y luego la firma, no obstante es siempre mejor recurrir a asesoramiento.


No dude en contactarnos, puede evitar grandes perjuicios y la pérdida de años y años de esfuerzo laboral.


 
 
 

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